¿Puedo ir por el carril de los coches si voy con mi bici en una bajada peligrosa?
Resumen rápido
Sí, en las circunstancias que describes, tienes derecho a ocupar parte de la calzada. La ley te permite hacerlo para garantizar tu seguridad en descensos pronunciados o cuando el arcén no es transitable.
La situación
Hola, quería hacer una consulta porque el pasado martes 14 de mayo, mientras iba en mi bicicleta por una carretera secundaria en la provincia de Málaga, me pasó algo que me dejó con dudas. Era media tarde, sobre las 18:30, y me encontraba en un tramo de bajada muy larga y con bastantes curvas cerradas. El asfalto estaba algo irregular y el arcén de la derecha era casi inexistente, estaba lleno de piedras y baches, lo que hacía que fuera muy peligroso intentar ir por ahí. Al ver que la bajada era muy pronunciada y que venían coches rápido, decidí ocupar un poco de la parte derecha de la calzada para no tener que irme al borde del barranco y poder controlar mejor la velocidad. Un conductor de un coche que venía detrás me empezó a tocar el claxon de forma muy agresiva y me gritó que me saliera de la carretera. Ya he intentado buscar en internet si esto es una infracción, pero no me queda claro si tengo derecho a usar la calzada en esos casos. Mi duda es si, al no haber un arcén transitable y ser una bajada con curvas, tengo permiso para ocupar parte del carril para ir más seguro.
Análisis detallado
En tu caso particular, lo que hiciste el pasado 14 de mayo en Málaga es legal. La normativa establece que, si no existe una vía o parte de la misma destinada específicamente a ciclistas, debes circular por el arcén de tu derecha, siempre que este sea transitable y suficiente[1]. Como mencionas que el arcén era casi inexistente y estaba lleno de piedras y baches, no era una opción segura para ti.
La ley es muy clara respecto a situaciones de mayor riesgo. El texto indica que "el conductor de bicicleta podrá superar la velocidad máxima fijada reglamentariamente para estos vehículos en aquellos tramos en los que las circunstancias de la vía aconsejen desarrollar una velocidad superior, pudiendo ocupar incluso la parte derecha de la calzada que necesite, especialmente en descensos prolongados con curvas"[1]. Esto significa que, ante una bajada pronunciada y con curvas cerradas como la que describiste, tienes permiso legal para ocupar la parte derecha de la calzada para mantener el control de tu bicicleta y evitar accidentes.
Además, la norma general para vehículos que no tienen vía propia es que, si el arcén no es transitable, "debe utilizar la parte imprescindible de la calzada"[1]. En tu situación, ocupar ese espacio era necesario para tu seguridad ante la irregularidad del asfalto y la peligrosidad del terreno. Por otro lado, la autoridad también tiene la capacidad de ordenar cambios en el sentido de circulación o el uso de carriles por razones de seguridad[2], aunque en tu caso lo que aplicas es el derecho de circulación por seguridad personal en condiciones adversas.
No hay incertidumbre legal en este punto: la ley protege tu derecho a usar la calzada cuando el arcén no es apto o cuando la geografía de la carretera (como una bajada con curvas) lo requiere para tu seguridad.
Preceptos citados
Cita legal: Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial § Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, art. 17 — Utilización del arcén
"el conductor de bicicleta podrá superar la velocidad máxima fijada reglamentariamente para estos vehículos en aquellos tramos en los que las circunstancias de la vía aconsejen desarrollar una velocidad superior, pudiendo ocupar incluso la parte derecha de la calzada que necesite, especialmente en descensos prolongados con curvas."Ver la legislación oficial →
Cita legal: Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial § Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, art. 17 — Utilización del arcén
"en el caso de que no exista vía o parte de la misma que les esté especialmente destinada, debe circular por el arcén de su derecha, si fuera transitable y suficiente, y, si no lo fuera, debe utilizar la parte imprescindible de la calzada."Ver la legislación oficial →
Cita legal: Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial § Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, art. 18 — Supuestos especiales del sentido de circulación y restricciones
"Cuando razones de seguridad o fluidez de la circulación lo aconsejen... se podrá ordenar... la utilización de arcenes o carriles en sentido opuesto al normalmente previsto."Ver la legislación oficial →
Aviso legal importante
Información jurídica general, no asesoramiento jurídico formal. La información de LawAsked no constituye asesoramiento jurídico formal ni crea una relación abogado-cliente. Si necesitas ayuda jurídica, consulta a un abogado colegiado en tu jurisdicción.
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